La Suprema Corte determinó por unanimidad que el traslado de recursos inactivos no es expropiación.
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Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar. La resolución del máximo tribunal del país determinó que la transferencia de recursos inactivos desde las Afores no constituye una confiscación, expropiación ni despojo del patrimonio de los trabajadores mexicanos.
Este fallo valida el mecanismo mediante el cual las cuentas de ahorro para el retiro que permanecen inactivas pasan a ser administradas por un fideicomiso público en el Banco de México. La decisión responde directamente a la inquietud de millones de ahorradores sobre el destino real de sus fondos laborales acumulados.
| Dato | Valor | Fuente |
| Estatus del Fondo | Constitucional (Validado por unanimidad) | SCJN |
| Edad de transferencia IMSS | 70 años (cuentas inactivas) | Ley del Seguro Social / SCJN |
| Edad de transferencia ISSSTE | 75 años (cuentas inactivas) | Ley del ISSSTE / SCJN |
| Derecho a reclamación | Imprescriptible (Sin límite de tiempo) | SCJN / DOF |
SCJN avala que el Fondo de Pensiones del Bienestar respeta la propiedad privada
De acuerdo con el proyecto avalado en la Corte, la transferencia de cuentas individuales inactivas de personas de 70 años o más en el IMSS (y 75 años en el ISSSTE) únicamente modifica a la entidad administradora del dinero, pero no altera la titularidad legítima del trabajador. Los recursos acumulados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez continúan siendo propiedad privada.
La Suprema Corte confirmó que tus ahorros del retiro en el Fondo de Pensiones del Bienestar siguen siendo 100% tuyos y puedes reclamarlos en cualquier momento sin fecha límite.
Durante la sesión ministerial, la ministra Yasmín Esquivel Mossa aclaró que la legislación contempla expresamente una reserva financiera destinada a respaldar la devolución de los recursos a los titulares o a sus beneficiarios en el momento en que sean exigidos. Por ello, las personas trabajadoras que sigan en activo no sufrirán ningún traspaso automático a este fondo público.
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Adicionalmente, el fallo establece que la ventanilla de reclamo permanecerá abierta de forma permanente sin importar cuántos años transcurran.
El traspaso de dinero de cuentas inactivas al Fondo de Pensiones del Bienestar cambia al administrador del recurso, pero conserva intacta la propiedad del trabajador y su derecho imprescriptible a solicitar la devolución total.
¿Cómo saber si mi dinero del retiro fue enviado al Fondo de Pensiones del Bienestar?
Para verificar el estatus de tu cuenta individual, debes revisar el estado de cuenta impreso o digital que tu Afore te envía tres veces al año. De igual forma, puedes ingresar a la plataforma oficial de Consar o llamar a SARTEL para consultar en qué administradora te encuentras registrado.
Si cumples con 70 años de edad y tu cuenta no ha registrado aportaciones ni movimientos laborales en los últimos años, el saldo de la subcuenta de retiro pudo haber sido transferido al fideicomiso del Banco de México. Sin embargo, la administradora tiene la obligación legal de mantener la trazabilidad de tu historial y brindarte asesoría para tramitar el reembolso.
¿Qué trámite debo realizar para solicitar la devolución de mi dinero?
El trámite de devolución puede iniciarse directamente en la ventanilla de atención de tu Afore o en los módulos del IMSS e ISSSTE. Debes presentar una identificación oficial vigente, tu Número de Seguridad Social (NSS) o CURP, y un estado de cuenta bancario a tu nombre con clabe interbancaria.
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Utiliza nuestra calculadora de pensiones →Una vez ingresada la solicitud de restitución, el fideicomiso público liberará los recursos acumulados para depositarlos en tu cuenta de débito personal. No se requiere de ningún juicio previo ni de una resolución judicial para obtener la entrega de tus ahorros laborales.
Impacto directo en tu bolsillo y próximos pasos
Esta resolución de la Suprema Corte brinda certidumbre jurídica tanto al sistema financiero nacional como a los trabajadores cercanos al retiro. Al confirmarse la validez del fideicomiso, los recursos no reclamados servirán para complementar las jubilaciones de quienes ganan hasta el salario promedio registrado ante el IMSS, garantizando una pensión equivalente a su último sueldo activo dentro de los márgenes legales establecidos.
Por otra parte, si tienes familiares adultos mayores que hayan dejado de cotizar hace años, es recomendable ayudarlos a revisar su historial en la Afore para verificar el estado de su saldo acumulado.
- Confirma la SCJN que los ahorros transferidos al fideicomiso siguen perteneciendo totalmente a los trabajadores titulares.
- Mantiene el Banco de México la administración del fondo público para complementar las pensiones de la clase trabajadora.
- Garantiza la ley la devolución imprescriptible del dinero a trabajadores o sus beneficiarios en cualquier momento.
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¿El Gobierno puede quitarme el dinero de mi Afore con el Fondo de Pensiones del Bienestar?
No. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el dinero transferido al Fondo de Pensiones del Bienestar sigue siendo propiedad del trabajador. El gobierno únicamente cambia la administración de cuentas inactivas a un fideicomiso público, manteniendo intacto el derecho a reclamar el saldo.
¿A qué edad se transfieren las cuentas inactivas al Fondo de Pensiones del Bienestar?
A los 70 años para los trabajadores afiliados al IMSS y a los 75 años para los cotizantes del ISSSTE. Esta medida solo aplica si la cuenta individual no registra aportaciones ni actividad laboral vigente.
¿Existe un límite de tiempo para pedir la devolución de mis ahorros transferidos?
No existe un límite de tiempo. El derecho a solicitar la devolución de tus fondos de retiro es imprescriptible. Tú o tus beneficiarios legales pueden pedir el reembolso total en cualquier momento presentando la documentación requerida.
¿Qué pasa si continúo trabajando después de los 70 años?
Si mantienes una relación laboral activa y sigues cotizando, tu cuenta de Afore no se transfiere al Fondo de Pensiones del Bienestar. La ley protege las cuentas de los trabajadores en activo sin importar su edad.

