El Senado aprobó por unanimidad una reforma que multiplica las multas a empresas que sigan llamando para venderte algo después de que dijiste que no. Falta el voto de Diputados.
Puntos clave
- El Senado aprobó la reforma con 96 votos a favor, ninguno en contra y sin reservas.
- Las multas irían de 56,570 pesos a 2,345,728.71 pesos. Hoy la sanción es de 760 pesos.
- La empresa responde aunque haya contratado a un call center externo para hacer las llamadas.
- Cada usuario en México recibe entre 20 y 25 llamadas no deseadas al mes, de acuerdo con una estimación de la industria.
La llamada número veinte del mes
Suena el teléfono a media junta, contestas y es una voz que te ofrece una tarjeta de crédito, un plan de celular o un “beneficio exclusivo”. Dices que no. A los tres días vuelve a sonar, a veces desde otro número.

En México eso pasa de 20 a 25 veces al mes por usuario. Y hasta ahora salía barato: la multa por este tipo de llamadas es de 760 pesos.
El miércoles 7 de octubre, el pleno del Senado aprobó una reforma a los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. La presentó la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del PAN, en octubre de 2025, y pasó con el voto de todas las bancadas.
Qué cambia
La reforma castiga las llamadas comerciales “reiteradas y persistentes” que no cuentan con el consentimiento de la persona. Si dijiste que no quieres publicidad, la empresa tiene que respetarlo sin que lo repitas en cada llamada. La senadora María del Rocío Corona Nakamura, del PVEM, explicó durante la discusión que también se incluyen los mensajes y correos electrónicos sin autorización.

La empresa ya no puede deslindarse. Si contrata a un tercero para hacer las llamadas, la responsabilidad sigue siendo suya. Es un cambio importante, porque muchas campañas de venta por teléfono las operan despachos externos.
Las multas suben de 760 pesos a un rango de 56,570 a poco más de 2.3 millones. Para un call center que hace cientos de llamadas al día, la cuenta cambia por completo.
La multa, antes y después
- Hoy: 760 pesos.
- Con la reforma, mínimo: 56,570 pesos (74 veces más).
- Con la reforma, máximo: 2,345,728.71 pesos.
Una sola sanción máxima equivale a más de 3,000 multas de las que existen hoy.
El registro, el detalle que falta aclarar
Hay un punto que todavía no está claro. Parte de la cobertura habla de un nuevo “Registro Público contra el Acoso Telefónico Comercial” a cargo de Profeco, y otra solo menciona “el registro correspondiente”. Profeco ya tiene uno: el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), donde puedes inscribir tu número fijo o celular desde hace años. El texto final dirá si la reforma crea un registro distinto o refuerza el que existe.
Hay un límite que conviene conocer. El REPEP no cubre las llamadas de bancos, aseguradoras, afores, despachos de cobranza, partidos ni encuestadoras. Para esas hay que acudir a otras instancias, como la Condusef en el caso de las instituciones financieras.
Mientras Diputados no apruebe la reforma, nada de esto está vigente. Lo que sí puedes hacer hoy es inscribir tu número en el REPEP y guardar fecha, hora y número de cada llamada insistente, que es la evidencia que pide cualquier denuncia.

El contacto no deseado también es la puerta de entrada de muchos fraudes, como explicamos en Condusef alerta sobre nueva ola de fraude por WhatsApp y SMS.
📵 ¿Te llaman para venderte algo aunque dijiste que no? Inscribe tu número y presenta tu denuncia
en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) de Profeco →
¿Ya están vigentes las multas por llamadas spam?
No. El Senado aprobó la reforma el 7 de octubre y falta la Cámara de Diputados.
¿De cuánto serían las multas?
De 56,570 a 2,345,728.71 pesos para empresas que insistan con llamadas comerciales sin consentimiento.
¿Qué pasa si la empresa usa un call center externo?
La empresa sigue siendo responsable aunque haya contratado a un tercero.
¿Cómo me inscribo para no recibir publicidad?
En el REPEP de Profeco puedes registrar tu número fijo o celular de forma gratuita.
¿El REPEP frena las llamadas de bancos?
No. Las llamadas de bancos, aseguradoras, afores y cobranza quedan fuera del REPEP; en el caso de instituciones financieras, la instancia es la Condusef.
Actualizado: 8 de octubre de 2026 · Datos al corte: votación del pleno del Senado del 7 de octubre (comunicado del PAN en el Senado); portal del REPEP de Profeco; estimación de llamadas de Truecaller · Lo próximo: turno a comisiones de la Cámara de Diputados, sin fecha.

