La Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizó el 10 de septiembre el crédito de 440 millones de pesos que el Ayuntamiento de Puebla contrató con Santander para adelantar obra pública de 2027; la ley que regula este tipo de deuda no exige aprobación de un congreso local, pero sí fija límites de monto y plazo que conviene revisar uno por uno, además de una coincidencia de calendario que explica por qué el momento del crédito se cuestiona públicamente
En un vistazo
- El cabildo de Puebla aprobó la deuda el 15 de abril de 2026 con 19 votos de Morena y aliados; Santander ganó la licitación en junio, el crédito se formalizó el 17 de julio, y la SHCP dio su autorización final el 10 de septiembre, tras meses de retraso que el tesorero municipal atribuyó a un “cuello de botella” en Hacienda.
- La tasa efectiva es de 7.24% anual a 363 días, con vencimiento el 14 de julio de 2027 —un costo total en intereses de entre 25 y 26 millones de pesos—, y el destino declarado es pavimentación y bacheo en más de 1,300 calles de 17 juntas auxiliares, adelantando obra presupuestada originalmente para 2027.
- La autorización final de Hacienda, el 10 de septiembre, llegó apenas once días antes de que Morena revele, el 21 de septiembre, a su candidato para la alcaldía de Puebla capital rumbo a la elección de 2027 —la coincidencia de calendario que sustenta la pregunta pública sobre el momento del crédito.
Nada de esto significa, por sí solo, que el crédito sea ilegal: existe un marco específico, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que regula exactamente este tipo de endeudamiento de corto plazo, y conviene revisarlo punto por punto antes de calificar la operación.

¿Es legal y costeable este crédito, o excede lo que permite la ley?
En los tres puntos que la propia ley exige revisar, el crédito parece ajustarse a la norma. El Artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera regula las “obligaciones a corto plazo” de los municipios y establece tres condiciones: no requieren autorización de un congreso local —solo del cabildo municipal, más su registro en el Registro Público Único de Hacienda—, por lo que la falta de un voto legislativo estatal no es, en sí misma, una irregularidad; deben pagarse a más tardar tres meses antes de que termine la administración que las contrata, y el vencimiento fijado, el 14 de julio de 2027, cae dentro de ese margen frente al fin de la gestión de José Chedraui, en octubre de ese año; y su saldo insoluto no puede superar 6% de los ingresos totales aprobados del municipio. El presupuesto de egresos de Puebla capital para 2026 ronda los 7,300-7,400 millones de pesos, lo que colocaría los 440 millones del crédito alrededor de 6.0% de esa cifra —un cálculo aproximado, porque la base legal exacta es “ingresos totales aprobados” y no el presupuesto de egresos completo, así que conviene tratarlo como referencia cercana al límite, no como comprobación exacta—. Sobre el costo: varios medios locales describen esta tasa como la más baja del país en créditos de corto plazo de 2026, atribuyéndolo a información de la SHCP, pero ninguno cita cifras de otros municipios que permitan verificar esa comparación de forma independiente.
¿Por qué se cuestiona el momento del crédito, y qué dice la oposición?
Por una combinación de calendario político y falta de detalle en el dictamen original. Cuando el cabildo aprobó la deuda en abril, la oposición ya había señalado ambos problemas: el regidor del PAN, Carlos Montiel, objetó que el dictamen no especificara qué obras concretas recibirían el recurso, mientras que el PRI exigió mecanismos para que los ciudadanos pudieran rastrear “el destino de cada peso” y advirtió sobre la carga que una deuda mal ejercida representaría para las próximas generaciones. Ese reclamo cobra otro peso con un dato ausente en la discusión de abril: Morena fijó el 21 de septiembre para revelar a su candidato a la alcaldía poblana rumbo a 2027, apenas días después de que Hacienda diera luz verde al crédito. Legalmente no hay infracción ahí —el crédito se contrató muy fuera de la ventana de tres meses antes del fin de gestión que la ley sí restringe—, pero la coincidencia de fechas es el hecho concreto detrás de la pregunta pública sobre si el momento responde más a la lógica electoral que a la técnica, sin que hasta ahora exista una declaración oficial del ayuntamiento al respecto.

El crédito frente a la Ley de Disciplina Financiera, punto por punto
| Requisito de la ley | Qué exige | Qué ocurrió con este crédito |
| Aprobación de congreso local | No se requiere para deuda a corto plazo | Solo cabildo municipal (19 votos, 15 abril 2026) y registro ante Hacienda |
| Plazo máximo | Un año o menos | 363 días |
| Pago antes de fin de gestión | Liquidarse 3 meses antes de que termine la administración | Vence 14 de julio de 2027; la gestión termina en octubre de 2027 — cumple |
| Tope de endeudamiento | Máximo 6% de los ingresos totales aprobados | ≈6.0% del presupuesto de egresos 2026 (cálculo aproximado, no la base oficial exacta) |
En los términos que la propia ley exige revisar, el crédito de Puebla se ajusta a la norma; lo que la ley no regula es el calendario político en el que se autorizó, y ahí es donde se concentra el cuestionamiento público, no en su legalidad.
Para quien siga esta historia, el dato pendiente de verificar es la cifra oficial de “ingresos totales aprobados” del municipio, que permitiría confirmar con precisión si el crédito está exactamente en el límite del 6% o por debajo de él, algo que ni el ayuntamiento ni la cobertura local han precisado hasta ahora con esa base exacta.
Consulta nuestra cobertura de Política, Gobierno & Bolsillo para dar seguimiento al ejercicio de este crédito y al proceso electoral 2027 en Puebla
¿Cuánto es el crédito que autorizó Hacienda al Ayuntamiento de Puebla?
440 millones de pesos con Santander, a una tasa efectiva de 7.24% anual a 363 días, autorizado por la SHCP el 10 de septiembre de 2026.
¿En qué se va a usar el dinero?
En pavimentación y bacheo de más de 1,300 calles en 17 juntas auxiliares, adelantando obra pública originalmente presupuestada para 2027.
¿Necesitaba este crédito la aprobación de un congreso local?
No. La Ley de Disciplina Financiera exime de ese requisito a la deuda de corto plazo municipal; solo necesita aprobación del cabildo y registro ante Hacienda.
¿El monto del crédito respeta el límite legal de endeudamiento?
Se ubica alrededor de 6.0% del presupuesto de egresos 2026 del municipio, cerca del tope legal de 6% de los ingresos totales aprobados, aunque falta la cifra oficial exacta de esa base para confirmarlo con precisión.
¿Por qué se cuestiona el momento en que se autorizó el crédito?
Porque la autorización final, el 10 de septiembre, ocurrió apenas días antes de que Morena revele, el 21 de septiembre, a su candidato para la alcaldía de Puebla capital rumbo a la elección de 2027; legalmente no hay conflicto con la ley de deuda, pero esa coincidencia de calendario es la base del cuestionamiento público.
Redactado por Julia Sarmiento del equipo de ApartadoMex, cobertura de finanzas públicas municipales. Última actualización: 13 de septiembre de 2026.

